Estatutos

Capitulo I
Denominación,Objeto,Domicilio,Duración y Ámbito territorial 

1 ART:Denominación con la denominación de Decomatilda se constituye en la localidad de La Algaba (Sevilla)de la misma provincia,una sociedad cooperativa,sujeta a los principios y deposiciones de la ley de sociedades cooperativas andaluzas. 
2 ART:Objetos Social El objeto de la cooperativa de la venta de la sociedad cooperativa es de la venta de flores,imanes,pendientes,pulseras,corazones,etc...
3ART:Domicilio :El domicilio de la cooperativa de IES Matilde Casanova C/San Bartolome S/N Codigo postal Postal 41980. 
4 ART:Anbito Territorial:El ámbito de actuación de la cooperativa sera el territorio de Sevilla y La Algaba. No obstante, la cooperativa podrá en tabla,relaciones con el tercero y realizar actividades instrumentales dentro de territorio andaluz, con arreglo a lo establecido en el articulo 1 de la ley de sociedad cooperativa andaluzas. 
5 ART:Duración: La duración de la cooperativa seria de Febrero a Junio de 2015 se constituye de 4 meses. 


Capitulo II
De la cooperativa

Artículo 6-Requisito de la cooperativa.
Podrán ser de la cooperativa los alumnos que se han presentado a participar en esta empresa,pertenecientes a la clase de C y B de ámbito practico , del curso de 3º de Diver del instituto Matilde Casanova de Sevilla.

Artículo 7-Derechos de la cooperativa

a)Participar en los objetivos de la cooperativa
b)Todo el mundo tiene que participar en la Asamblea General con voz y voto.

Artículo 8-Derecho de información
En todo caso todos los cargos altos tendrán acceso a los estatutos así como al libro de Registro , el libro de Actos etc...

Artículo 9-Obligación de la cooperativa
La cooperativa tendrán estas obligaciones.
a)Asistir a las reuniones de la Asamblea General
b)Cumplir los estatutos
c)Participar en los objetivo que se marquen.

Artículo 10-Régimen Disciplinario
En la cooperativa se puede sancionar todo tipo de cargos.
  1. Son faltas leves...
-Las faltas de respeto y consideración a otro cargo serán sancionados.

-La falta de Asistencia no justificada serán sancionados.
2)Son faltas graves...
-Son faltas graves el no asistir dos veces a las Asambleas Generales.
3)Son faltas muy graves...
-Actuación perjudicial a la cooperativa
-Malos tratos de palabra o obra a un socio o tercero
4)Sanciones...
-Faltas leves: 50 Cent
-Faltas graves: 1,50€
-Faltas muy graves: 3€
Artículo 11- Exclusión del socio.
La exclusión del socio deberá ser causada por dos faltas graves o una muy grave.

Capitulo III
 Regimen De Trabajo 
Articulo:11 Organización Laboral
1.Los socios de esta podran prestar su trabajo con cáracter estacional.
2.Seran de aplicación a los centros de trabajo de la cooperativa y a sus socios las normas sobre salud laboral y prevención de riesgos laborales.
Articulo:18 Participación mínima obligatoria del socio en la actividad cooperativa
1.La participación mínima obligatoria del socio en la actividad cooperativizada se fija en las horas necesarias para desempeñar sus funciones de trabajo efectivoy una hora mínimaobligatoria a la semana 

Capitulo IV
Representación y gestión de la cooperativa
Articulo 12 - Órganos Sociales
Los órganos sociales de la cooperativa para su dirección, administración y control interno , son la Asamblea General , el Administración Único y el/los interventor/es.
Articulo 13 – La Asamblea General, Concepto y Competencias
1.La Asamblea General , constituida por los socios de la cooperativa es el órgano supremo de expresión de la voluntad social. Todos los socios quedan sometidos a los acuerdos de la Asamblea General , siempre que se hagan adoptado de la conformidad con las leyes y estos estatutos.
2.La Asamblea General es competente para conocer los asuntos propios de la actividad de la cooperativa, correspondiéndose con carácter exclusivo e inderogable la adopción de acuerdos sobre las siguientes materias:

a)Nombramiento y revocación del Administrador Único , los Interventores , los Liquidadores , así como los miembros del Comité de Recursos si lo hubiere.
b)Censura de la gestión social , aprobación de las cuentas y distribución de excedentes o inpuntación de pérdidas.
c)Establecimiento de nuevas aportaciones obligatorias y su actualización , así como las cuotas de ingreso y periódicas.
d)Modificación de los estatutos sociales , Disolución de la cooperativa , Aprobación del balance final de la liquidación.

Articulo 14 – Clases de Asamblea Generales
1.Las Asambleas Generales podrán ser ordinarias y extraordinarias
2.La Asamblea General ordinaria , convocada por el Administrador Único , se reunirá , para censurar la gestión social , aprobar , si procede , las cuentas anuales y distribuir excedentes o imputar perdidas. Además , podrá decidir sobre cualquier otro asunto incluido en su orden del día

Articulo 15- Convocatoria
1.La Asamblea General ordinaria podrá convocarse por el Administrador Único tras el cierre del ejercicio económico.
2.El Administrador Único por propia iniciativa , podrá convocar la Asamblea General extraordinaria , siempre que lo estime conveniente para los intereses sociales y así mismo cuando lo solicite un numero de socios que represente , al menos , al 20% de los socios de la cooperativa.
3.La convocatoria de la Asamblea General se efectuara con una antelación de un día la celebración de la misma.
4.El orden del día de la Asamblea sera fijado por el Administrador Único y deberá incluir un punto que permita a los socios efectuar ruegos y preguntas.
5.La Asamblea General tendrá el carácter de universal cuando estén presentes o representados todos los socios y asociados , en su caso, de la cooperativa y acepten unánimemente su celebración y los asuntos a tratar de ella.
Articulo 26 – Funcionamiento
1.La Asamblea General , salvo que tenga carácter de universal , se celebrara en la localidad donde raquide el domicilio social de la cooperativa.
2.La Asamblea General quedara válidamente constituida , cuando asistan , en primera convocatoria , al menos la mitad mas uno de los socios de la cooperativa. En segunda convocatoria , quedará constituida cualquiera que sea el número de los asistentes.
3.La Asamblea General estará presidida por el Administrador Único.

Articulo 16 – Acuerdos
1.Los acuerdos de la Asamblea General se adoptarán por mayoría simple de los votos validamente emitidos.

Articulo 17 – Duración, Vacantes y Ceses
1.El período de duración del mandato será los meses establecidos al principio de los Estatutos.
2.En caso de vacantes , ésta se cubrirá en la primera Asamblea General que se celebre.

Articulo 18 – Los Interventores
1.El número de Interventores será de un miembro.
2.La Asamblea General elegirá al Interventor de entre los socios de la cooperativa mediante votación secreta y por mayoría simple de los votos válidamente emitidos.
Articulo 19 – Duración, Cese y Vacantes
1.El plazo de duración del mandato por Interventor será de los meses establecidos al principio de los estatutos.
2.El Interventor podrá ser destituido en cualquier momento por la Asamblea General.

Articulo 19 – Funciones y Facultades
1.Corresponde al Interventor las siguientes funciones:
a)Revisar las cuentas anuales y emitir un informe sobre las mismas y sobre la propuesta de distribución de excedentes o imputación de pérdidas , antes de que se sometan a la Asamblea General.
b)Revisar los libros de la cooperativa.


CAPITULO V
 RÉGIMEN ECONÓMICO.


ARTICULO 20. CAPITAL SOCIAL.

  1. Constituido por la aportaciones obligadas y voluntarias efectuadas, en tal concepto por los socios.
  2. El capital social mínimo asciende a 50 euros, y esta totalmente suscrito y desembolsado. Estará representado por títulos nominativos de un valor de 5 euros, cada uno, debiendo poseer cada socio un titulo.
  3. La asamblea general podrá acordar la exigencia de nueva aportaciones obligatorias para integrar el capital social, fijando la cuantía,condiciones y plazos de desembolso.
  4. El socio que no desembolse las aportaciones en los plazos deberá abandonar la coop... el interés legal y resarcirla de los danos y perjuicios causados por morosidad.
    ARTÍCULO 37. REEMBOLSO.
    1. En los supuestos de perdidas de la condición de socio, este tiene derecho a exigir el reembolso de sus aportaciones integradas del capital social.
    ARTÍCULO 38. EJERCICIO ECONÓMICO.
    1.El ejercicio económico coincidirá con el curso escolar.

ARTÍCULO 21. APLICACIÓN DE LOS EXCEDENTES.
      1. El destino de los excedentes se acordará por la asamblea general al cierre de cada ejercicio.
      2. Los retornos coop... se podran hacer efectivos mediante su abono a los socios en el plazo de un mes desde la aprobación de las cuentas actuales.
ARTÍCULO 22. DOCUMENTACIÓN SOCIAL.

La coop.. llevará en orden y al día los libros que correspondan, de acuerdo al artículo 98 de la Ley Social Coop.. Andaluza.





ARTÍCULO 423. MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS, FUSIÓN Y TRANSFORMACIÓN.

Se estará a lo previsto en el capítulo VIII del título I de la Ley de Sociedades Coop.. Andaluza.

CAPITULO VI

Disolución y liquidación de la cooperativa

Articulo 24 Disolución y liquidación

a) La separación de la empresa terminara cuando acabe el plazo.
b) No se decidirá nada sin una asamblea
c) Quiebra
Articulo 25: Liquidación

Acordada la disolución por la Asamblea General, los socios Liquidadores, nombrados en el numero impar y en votación secreta por la Asamblea General procederan a la realización de cuantas operaciones fuesen necesarias para llevar a cabo la Liquidación.











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